Los 11 tipos de Incoterms en uso se dividen actualmente en dos grupos. Uno de los cuales son los Incoterms para el transporte marítimo y por vías navegables interiores que incluyen cuatro reglas.
FAS: Free Alongside Ship
El Incoterm FAS significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador:
- Cuando las mercancías se colocan al costado del buque;
- Nominado por el comprador;
- En el puerto de embarque convenido;
- O asegura que se entreguen las mercancías.
En FAS, el riesgo de pérdida o daño se transfiere cuando la mercancía se coloca junto al buque. El comprador corre con todos los costes a partir de este momento.
Esta regla es aplicable en el transporte por mar o por vías navegables interiores cuando ambas partes acuerdan que la entrega es la colocación de la mercancía junto a un barco.
Es importante identificar con precisión el punto de carga en el puerto de embarque convenido, ya que los costos y el riesgo hasta ese punto corren a cargo del vendedor. Además, el vendedor debe entregar la mercancía junto al barco o asegurarse de que la mercancía se entregue para su envío.
FOB: Free On Board
El Incoterm FOB significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador:
- A bordo del barco;
- Nominado por el comprador;
- En el puerto de embarque convenido;
- O asegura que se entreguen las mercancías.
En FOB el riesgo se transfiere cuando la mercancía está a bordo del buque.
Esta regla se aplica en el transporte marítimo o por vías navegables interiores cuando las partes pretenden entregar las mercancías colocándolas a bordo de un buque.
El vendedor debe entregar las mercancías a bordo del barco o asegurarse de que las mercancías se entregan para su envío.
En el caso de FAS y FOB, el vendedor debe despachar las mercancías para la exportación cuando corresponda; el vendedor no está obligado a hacerlo para la importación o tránsito por terceros países, a pagar ningún derecho de importación ni a realizar ningún trámite aduanero de importación.
CFR: Cost and Freight
El Incoterm CFR significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador:
- A bordo del barco;
- O asegura que se entreguen las mercancías.
El riesgo de pérdida o daño se transfiere cuando la mercancía está a bordo del buque. Se aconseja al comprador que obtenga una cobertura de seguro.
Esta regla se aplica al transporte por mar o por vías navegables interiores. Si hay más de un modo de transporte, la regla es CPT (Transporte pagado hasta).
CIF: Cost, Insurance and Freight
El Incoterm CIF significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador:
- A bordo del barco;
- O asegura que la mercadería sea entregada (la referencia a “asegura” corresponde a las ventas múltiples en una cadena, especialmente común en el comercio de materias primas).
El riesgo de pérdida o daño de las mercancías se transfiere cuando las mercancías están a bordo del buque; el vendedor cumple con su obligación de entregar la mercadería, llegue o no a su destino.
Esta regla se aplica al transporte por mar o por vías navegables interiores. Si hay más de un modo de transporte, la regla apropiada es CIP (Transporte y seguro pagado hasta).
El vendedor debe contratar una cobertura de seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño de la mercancía desde el puerto de embarque hasta al menos el puerto de destino. Esto puede ocasionar dificultades cuando el país de destino requiere la contratación local de una cobertura de seguro.
En este caso, las partes deben considerar la opción de vender y comprar bajo CFR. El comprador también debe tener en cuenta que, según la regla CIF Incoterms 2020, el vendedor debe obtener una cobertura de seguro limitada que cumpla con las Cláusulas de carga del Instituto o una cláusula similar, y no la cobertura más amplia de las Cláusulas de carga del Instituto.
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